CONSEJO DEGUERRA BURGOS
Font: GARCIA-NIETO, Mª Carme ( et
al.): Madrid: Guadiana Publicaciones,Bases Documentales, vol. XI; 1975.
Comentari: Resum de la sentència
del Consell de Guerra de Burgos (28-XII-1970) on es condemna a 6 persones a la
pena de mort, diferents penes de presó a altres persones i 1 persona absolta.
En els moments previs i
posteriors al Consell de Guerra de Burgos va provocar una mobilització
im-portant de l´oposició com l´assemblea d´intel.lectuals a Montserrat contra
el procés de Burgos.
Text:
Consejo de Guerra en Burgos:
Sentencia 28 diciembre 1970
Burgos; 23.-Se ha dado a conocer
hoy, a las cuatro de la tarde, el fallo contra 16 activistas de la ETA;
juzgados en consejo de guerra suma rísimo del Gobierno militar- de la VI
Región.
Han sido nueve penas de muerte
contra seis de los procesados.
A José María Dorronsoro Ceberio,
una pena de muerte por asesinato.
A Juan Gorostiri Artola. una por
asesinato y otra por delitos continuados de bandidaje.
A Francisco Javier Izco de la
Iglesia, una pena de muerte por asesinato y otra por delitos continuados de bandidaje.
A Francisco Javier Martínez; una
pena de muerte por asesinato.
A Mario Onaindía Nachiondo . una
pena de muerte por asesinato.
A Eduardo Uriarte Romero; una
pena de muerte por asesinato y otra por delito continuado de bandida-je.
A los demás procesados les han
sido impuestas diversas penas de prisión y María Aramzazu ha sido absuelta.
Acta de la Sentencia
La sentencia; que no será firme
hasta que -previo el informe del auditor- sea aprobada por el capitán general
de la Región, se desarrolla a lo largo de 107 folios dobles.
Comienza la sentencia por
analizar y describir la organización de la ETA, que define como <<ilegal
y clandestina que pretende trastornar el orden público interior, desprestigiar
a la nación española y a sus instituciones históricas fundamentales; destruir
violentamente la organización del Estado y desmembrar una parte del territorio
nacional a través de acciones subversivas de diversos matices, el terrorismo,
la lucha armada y la revolución social>>.
Como medios de acción de su programa
separatista revolucionario, la ETA viene utilizando todos los procedimientos
modernos de la guerra ,subversiva. preferentemente la siembra de especies
falsas contra las autoridades, la estructura del Estado, sus constantes
histórico-españolas y sobre la realidad socio-económica de aquellas provimcias;
presentándo las, falsamente, como oprimidas por el resto de la comu-nidad
nacional; para así crear una conciencia de rebeldía secesionista frente a la
nación en la que vienen estas provincias históricamente integradas.
Para el desarrollo y
especialización de sus actividades cuenta con cuatro frentes : militar -tiene a
su cargo las acciones violentas como robos a mano armada, asesinatos,
colocación de explosivos ; actos de sabotaje y toda suerte de acciones que
necesitan una preparación específica y violenta -; cultural - que canaliza las
acciones propagandísticas ; la exaltación de aquellos valores que condicionan
el enfrenta-miento ante los españoles preconizado por la ETA y la penetración
en los sectores recreativos, culturales y religiosos de fácil control por sus
<<activistas>> -; obrero - dedicado a la estrategia de penetración
marxista de los sectores laborales -; y económico - como medio para la
obtención de los fondos precisos para adquisición de armas, sostenimiento de
sus liberados, gastos de propaganda y generales de la organi-zación. Cada
frente es una sección especializada a cargo de «liberados» y «activistas»
previamente selec-cionados y concienzudamente preparados para los fines
específicos de cada uno.
Entre sus servicios, ya
organizados, cuenta con el denominado «relaciones con el exterior», a cuyo
cargo están los contactos de todo género, con entidades revolucionarias del
extranjero, con los partidos comunistas, así como con las Embajadas de Moscú,
Pekín y otras caracterizadas por su animosidad a España, de las cuales han
recibido ayuda y apoyo en su empresa separatista.
Esta acción de la ETA se ha visto
materializada en los últimos años en más de veinte robos a mano armada; medio
centenar de atentados con explosivos contra instalaciones del Estado y
particulares con cuantiosas pérdidas; destrucciones de instalaciones destinadas
al servicio de transportes, electricidad y comunicaciones ; agresiones
violentas contra funcionarios y ciudadanos de reconocido españolismo; .
asesinatos de tres personas; agresiones con armas de fuego y por otros
procedimientos contra miembros de la Guardia Civil, Policía y autoridades
públicas, con lesiones graves, chantajes, amenazas y coacciones de todo tipo
como medios para obtener la sumisión de gentes de estas provincias; toda una
serie de aten-tados contra la libertad individual y colectiva; tendente a crear
un Estado marxista-leninista en aquellas provincias e independiente de la
nación española; creando con todo ello una situación «fáctica>> de
gue-rra subversiva; que el Consejo constata en el momento de dictar esta
sentencia.
A continuación se establece la
actuación concreta de los procesados dentro de una absoluta comunión de ideales
en los fines, propósitos y medios que utiliza la ETA, encuadrados en sus
diversas secciones de activismo.
Delitos atribuidos a los
procesados
Se hace una clasificación de los
delitos atribuidos a los procesados, dentro de la cual destacan por su
relevancia las actividades de bandidaje y terrorismo.
En este punto se señala que las
misiones de mayor responsabilidad y plena dedicación, tanto en el pla-no
decisorio de mando, como en el ejecutivo y realizador, se atribuye a los
llamados «liberados», que la sentencia define como « activistas » que habiendo
abandonado su domicilio habitual de estudio y trabajo honrado, viven sometidos
total y absolutamente a la disciplina de la ETA, van armados, son profesionales
del «activismo», los sostiene la organización, no tienen domicilio habitual y
conocido, utilizan nombres supuestos que constantemente modifican y portan
documentación que no corresponde a su filiación ver-dadera y viven
clandestinamente de forma oculta y sinuosa en los núcleos urbanos y zonas
rurales dedi-cados a los fines específicos de su movimiento.
La sentencia, seguidamente,
destaca las fechas y circunstancias en que cada uno de los procesados tomó la
condición de <<liberado» y las acciones por los mismos realizadas.
Así, desde enero de 1968 hasta
abril de 1969, de gran activismo por parte de « Euzkadi ta Azkatasu-na», por su
escalada progresiva en la revolución marxista y separatista que venía
practicando sus « acti-vistas >> confeccionaron y pusieron cerca de medio
centenar de sparatos explosivos en edificios públicos y mercantiles,
instalaciones de comunicación y cuarteles de la Guardia Civil para que, además
de su des-trucción, se alterara la paz social y sufriese daño la integridad
fisica de sus moradores. Para estos proyec-tos los cuadros de «mando» tenían
preparados grupos de «activistas», tanto en la fabricación y manejo de
explosivos y armas, como en la manera de colocarlos en los lugares precisos,
eludiendo los servicios de seguridad, ya que una de las más importantes
actividades de todo «liberado» «armado», es la formación de los «activistos» de
base para las acciones de violencia y terrorismo (..................)
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